CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

CONDICIONES GENERALES

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO 

1.1.-Por la aceptación de las presentes condiciones la persona física o jurídica cuyos datos se recogen en formulario relleno a través de la web www.wimad.es (en adelante EL CLIENTE) contrata con Wifis Madrigueras, S.L.U (en adelante WIMAD) con CIF B-02491447 y domicilio social en Madrigueras (Albacete), Calle Pasos 19, C.P. 02230, uno o más servicios (en adelante SERVICIO/S) de los ofertados por WIMAD cuyas características se especifican en dicha web o en cualquier ulterior modificación de la misma.

1.2.-EL CLIENTE podrá solicitar en cualquier momento la modificación de la configuración del SERVICIO/S objeto del presente Contrato. Dicha modificación estará sujeta a viabilidad técnica y aprobación por parte de WIMAD y serán objeto de facturación de acuerdo con las tarifas y condiciones vigentes.

1.3 WIMAD podrá modificar las presentes condiciones cuando exista un cambio en el SERVICIO/S, en las condiciones y tarifas aplicables o en la normativa vigente que resulte de aplicación. Dicha modificación se notificará a EL CLIENTE por cualquier medio de comunicación de los facilitados a través del formulario web con un (1) mes de antelación a la entrada en vigor de la misma. EL CLIENTE tendrá derecho a resolver anticipadamente el Contrato sin penalización alguna por este concepto, siempre que no esté de acuerdo con la modificación. La continuación en la utilización del SERVICIO/S por parte de EL CLIENTE a partir de la comunicación de la modificación se considerará como aceptación de la misma. 

 

SEGUNDA.- CONDICIONES ECONÓMICAS

2.1. En contraprestación por la prestación del SERVICIO/S, WIMAD recibirá de EL CLIENTE el precio estipulado en el apartado “TU TARIFA” del formulario web.

2.2. La facturación del SERVICIO/S comenzará según los plazos estipulados en el punto 6.3 y se facturará mensualmente por anticipado con el IVA y cualesquiera otros impuestos vigentes aplicables, debiendo efectuar EL CLIENTE el pago dentro de los diez (10) días siguientes a la emisión de la factura, mediante domiciliación bancaria. Conforme a lo anterior, EL CLIENTE autoriza expresamente a WIMAD a presentar al cobro, con cargo a la cuenta bancaria que se incluye en el formulario web, los recibos correspondientes al SERVICIO/S contratado(s) durante la vigencia del contrato. Dicha autorización se entiende aplicable a cualquier variación del importe a facturar, cuando el servicio contratado dé lugar a un consumo variable.

2.3. La primera factura de mensualidad incluirá el importe correspondiente a un mes completo por adelantado más una cuota correspondiente al prorrateo del mes en el que se active el servicio.

2.4. WIMAD presta a sus clientes un servicio de Mantenimiento sin coste añadido, siempre y cuando EL CLIENTE esté al corriente de pago de sus cuotas y la necesidad de este servicio se deba al uso corriente de los equipos. No se entenderá como uso corriente ninguna actuación negligente o dolosa por parte de EL CLIENTE o terceros ajenos a WIMAD.

2.5. En caso de devolución o impago de los recibos, y previo requerimiento a través de los medios de contacto que figuran en el formulario web, WIMAD podrá suspender de forma temporal el servicio objeto de impago desde el momento en el que conozca tal hecho, y las cantidades adeudadas, incluidos los gastos de devolución o del impago ocasionados a WIMAD, que serán de 6€ + IVA por recibo devuelto, devengarán desde la fecha que debieron ser abonados, interés al tipo legal de referencia más cuatro puntos porcentuales. WIMAD restablecerá el servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquél en que tenga constancia de que el importe adeudado haya sido satisfecho por completo. El retraso en el pago del SERVICIO/S por un periodo superior a tres (3) meses o la suspensión temporal del Contrato en dos ocasiones por mora en el pago del mismo, dará derecho a WIMAD a la interrupción definitiva del SERVICIO/S y a la correspondiente resolución del Contrato, sin prejuicio del cumplimiento por parte de EL CLIENTE de sus obligaciones derivadas del presente contrato.

2.6 La facturación por parte de WIMAD podrá llevarse a cabo mediante la emisión de facturas electrónicas que estarán a disposición del cliente a través del Area de Clientes de WIMAD en www.wimad.es de conformidad con los requisitos legalmente aplicables en dicho momento, para lo cual EL CLIENTE presta desde este momento su conformidad. Si por dificultades técnicas no fuera posible facturar en el período inmediatamente posterior al devengo, se podrá presentar la factura al cobro en períodos sucesivos.

 

TERCERA.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE

3.1. EL CLIENTE deberá cumplir con las obligaciones del pago en los términos establecidos en la cláusula anterior.

3.2. A efectos de responsabilidad ambas partes ponen de manifiesto que WIMAD únicamente actúa como intermediario para proveer acceso a EL CLIENTE, de tal manera que EL CLIENTE es el único responsable de: a. Cualquier uso para el que se emplee el SERVICIO/S. b. El incumplimiento de cualquier norma que pudiera resultar aplicable a causa o en relación con la utilización del SERVICIO/S ni en relación a ningún aspecto relativo a los contenidos, datos y/o informaciones que sean transmitidos.

3.3. El CLIENTE deberá defender, indemnizar y mantener indemne a WIMAD, a sus cargos directivos, a sus trabajadores, sociedades filiales o dependientes y a sus agentes o subcontratistas, de cualesquiera reclamaciones, procedimientos, daños, costes, honorarios o gastos que sean consecuencia o se ocasionen por EL CLIENTE o por terceros que pudieran hacer uso del SERVICIO/S por cualquiera de los motivos a los que se refiere el apartado b) anterior así como ante cualquier reclamación en relación con los contenidos, informaciones o datos que sean transmitidos, informando con carácter inmediato a WIMAD de cualquier reclamación judicial o extrajudicial que sea instada. En este sentido, y sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, para el caso de que a WIMAD le fuera instada reclamación alguna directa o indirectamente, o se viera obligada para defender sus derechos a intervenir ya sea voluntariamente o de forma provocada en un proceso judicial, arbitral o extrajudicial de reclamación en relación con los contenidos, informaciones y/o datos transmitidos, EL CLIENTE se hará cargo de los gastos que dicha defensa puedan originar.

3.4. En caso de ser necesario para la prestación del SERVICIO/S, EL CLIENTE facilitará el acceso al lugar de la instalación del SERVICIO/S al personal autorizado por WIMAD, debidamente identificado, para efectuar altas, bajas, modificaciones, inspecciones de la instalación, operaciones de mantenimiento, localización o reparación de averías, desmontaje y retirada de terminales propiedad de WIMAD, y en cualquier caso que sea conveniente para la correcta prestación del citado SERVICIO/S. Asimismo EL CLIENTE facilitará dicho acceso para la retirada de los Equipos propiedad de WIMAD en caso de resolución del presente Contrato, independientemente de cuál sea la causa de tal resolución.

3.5. En el supuesto de que EL CLIENTE tenga intención de recibir el Servicio/s en un emplazamiento distinto del determinado contractualmente, EL CLIENTE deberá comunicarlo a WIMAD a fin de confirmar la posibilidad de dicho traslado, así como de obtener la correspondiente autorización y, en su caso, realizar las gestiones oportunas para llevar a cabo el citado cambio. En estos casos WIMAD se reserva la posibilidad de aplicar un recargo económico.

3.6 EL CLIENTE no podrá obtener un beneficio económico por la utilización del SERVICIO/S distinto del derivado de este Contrato, ni utilizar su condición de Cliente para llevar a cabo una actividad empresarial, profesional o económica cuyo objeto sea revender el SERVICIO/S prestado por WIMAD o explotar el SERVICIO/S para otros fines en cualquier forma.

 

CUARTA.- OBLIGACIONES DE WIMAD

4.1. WIMAD deberá prestar el SERVICIO/S de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Condiciones Generales y Particulares así como en sus Anexos. WIMAD procurará por todos los medios facilitar a EL CLIENTE el SERVICIO/S en la fecha convenida, pero no será responsable de circunstancias o eventos que se encuentren fuera de su control, tales como la demora, la interrupción o el mal funcionamiento del SERVICIO/S que sean atribuibles a terceros operadores o compañías de servicios, actos del Gobierno, falta de acceso a redes de terceros, actos u omisiones de las Autoridades Públicas, o caso fortuito o fuerza mayor.

4.2. WIMAD se compromete a poner los medios adecuados, según el estado de la tecnología en cada momento, para asegurar la confidencialidad y seguridad de la información y los datos contenidos en las aplicaciones informáticas relacionadas con el SERVICIO/S utilizadas por EL CLIENTE y evitar el acceso no autorizado a los mismos.

4.3. WIMAD no será en ningún caso responsable de: a. los costes, multas, sanciones, indemnizaciones, cargos, daños u honorarios que se deriven como consecuencia del incumplimiento por EL CLIENTE de sus obligaciones derivadas del Contrato. b. el contenido, uso y publicación de las informaciones y comunicaciones transmitidas a través del SERVICIO/S así como el uso y los resultados obtenidos del SERVICIO/S por EL CLIENTE y/o terceros que tengan acceso al SERVICIO/S c. violación de EL CLIENTE de cualquier norma que pudiera resultar aplicable a causa o en relación con la utilización del SERVICIO/S.

4.4. Es política de WIMAD respetar la privacidad de sus clientes y de los usuarios de sus servicios. WIMAD no monitorizará, editará o descubrirá información personal sobre los usuarios del SERVICIO/S o sobre su uso de los mismos, incluyendo en su caso contenidos, sin el previo consentimiento de EL CLIENTE , a menos que WIMAD considere justificadamente que tales acciones son necesarias para: (1) cumplir requerimientos o procesos legales o judiciales, (2) proteger y defender los derechos de WIMAD, del resto de los clientes o de terceras partes involucradas, o (3) hacer cumplir los compromisos de las presentes Condiciones Generales, Particulares o sus Anexos.

 

QUINTA- LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

5.1. No será exigible responsabilidad alguna a WIMAD por la prestación defectuosa o por la interrupción del Servicio/s en los siguientes supuestos: a. Causas de fuerza mayor. b. Incumplimiento grave por EL CLIENTE o por terceras personas que hagan uso del SERVICIO/S de las condiciones establecidas en el presente Contrato, y, en especial, en casos de fraude, o demora en los pagos. c. Daños producidos en la red debido a la conexión por EL CLIENTE de equipos terminales no homologados o cuya conformidad no haya sido evaluada o validada, de acuerdo con la normativa vigente. d. Anomalías debidas a acciones u omisiones directamente imputables a EL CLIENTE y/o a las terceras personas que puedan hacer uso del SERVICIO/S e. Interrupciones o irregularidades que el SERVICIO/S prestado por WIMAD pudiera sufrir por causas ajenas a ésta. f. Pérdidas de beneficios u oportunidades directa o indirectamente motivadas por causa de incidencia o interrupción en la provisión del SERVICIO/S g. Interrupciones del SERVICIO/S provocadas por bajadas de tensión y/o por deficiencias o interrupciones en el suministro eléctrico. h. Resoluciones administrativas o judiciales.

5.2. En todos los demás casos, la responsabilidad de WIMAD derivada de este Contrato quedará limitada al cincuenta por ciento (50%) de la mensualidad a pagar por EL CLIENTE a WIMAD en el mes en que se produzca el evento causante del daño, incluso aunque se produzcan varios eventos durante el mismo mes. Dicha compensación constituye una cláusula penal y sustituye a cualquier otra indemnización derivada del mal funcionamiento, interrupción, fallos o averías del SERVICIO/S que pudiera corresponder a EL CLIENTE y saldarán totalmente cualesquiera pérdidas de EL CLIENTE, directas e indirectas, entre ellas, de beneficios, de ingresos o de oportunidades de negocio, de ahorro de gastos y de desaparición o deterioro de datos. En caso de que se produzcan uno o varios eventos distintos de los mencionados, EL CLIENTE deberá informar de esta circunstancia a WIMAD y, en particular, reclamar a ésta la compensación oportuna, por cualquier medio que acredite su recepción, en el plazo máximo de quince (15) días contados desde que se produzcan los hechos en cuestión. Finalizado dicho plazo, EL CLIENTE perderá cualquier acción frente a WIMAD basada en estos hechos. Asimismo, en caso de que EL CLIENTE no hubiera obtenido respuesta satisfactoria en el plazo de un (1) mes, podrá dirigirse durante los tres (3) meses siguientes, a la Junta Arbitral de Consumo o a la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI)

5.3. WIMAD se reserva el derecho de vender la infraestructura creada, al proveedor de línea de acceso que estime oportuno y bajo las condiciones impuestas por WIMAD.

5.4. WIMAD podrá interrumpir ocasionalmente la prestación de sus servicios con objeto de realizar trabajos de mejora, labores de reparación, cambios de equipamiento o por motivos análogos, si bien dichas interrupciones serán lo más breve posibles y se realizarán, siempre que sea posible, en horarios de mínimo consumo. EL CLIENTE acepta la necesidad de consentir tales interrupciones y que WIMAD no estará obligada a compensarle de manera alguna por las mismas.

5.5. Con el fin de salvaguardar la integridad de la Red y poder prestar el SERVICIO/S referido en el anverso con los compromisos ofrecidos por WIMAD, éste podrá suspender el SERVICIO/S cuando el cliente haga un uso abusivo del mismo o cuando éste realice actuaciones voluntarias o involuntarias susceptibles de causar daños o perjuicios en las personas, equipos, sistemas, soportes y/o redes de terceros y/o de WIMAD desde el momento mismo del envío por parte de WIMAD a EL CLIENTE, por los medios de contacto facilitados en el formulario web, de la petición de cesación de las actuaciones antes referidas. En caso de detectar estas actuaciones en dos o más ocasiones, se considerará un incumplimiento del contrato por parte de EL CLIENTE, pudiendo WIMAD resolverlo anticipadamente sin prejuicio del cumplimiento por parte de EL CLIENTE de sus obligaciones derivadas del presente contrato.

 

SEXTA – DURACIÓN Y EXTINCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO

6.1. La duración del presente Contrato queda fijada en lo estipulado en la página web de Wimad www.wimad.es según el servicio escogido por el cliente, contado a partir de la entrada en vigor del mismo especificado en la cláusula 6.3. Durante este periodo, EL CLIENTE se verá obligado a mantener al corriente los pagos mensuales del SERVICIO/S contratado.

6.2. Finalizado el período de duración indicado en el anverso, el Contrato será automática y tácitamente prorrogado por períodos sucesivos de un año, salvo que cualquiera de las Partes manifieste su voluntad contraria a la prórroga, mediante preaviso enviado por escrito y, al menos, un (1) mes antes del vencimiento de la duración indicada en el anverso o, en su caso, de cualquiera de sus prórrogas.

6.3. El presente Contrato entrará en vigor cuando EL CLIENTE pueda hacer uso del SERVICIO/S y, como máximo, en los treinta (30) días naturales posteriores a la firma del mismo, salvo que EL CLIENTE manifieste y justifique debidamente la indisponibilidad del SERVICIO/S en el plazo indicado anteriormente.

6.4. En caso de resolución anticipada del Contrato o del incumplimiento del mismo por parte de EL CLIENTE, o en caso de no poderse realizar la instalación y/o activación del SERVICIO/S una vez aceptadas las presentes condiciones por causas ajenas a WIMAD, EL CLIENTE deberá indemnizar a WIMAD con una cantidad equivalente al cien por ciento (100%) de la totalidad de las cantidades que habrían de satisfacerse por EL CLIENTE hasta la fecha de la finalización del Contrato.

6.5. En caso de cambio de cualquier tarifa por parte de EL CLIENTE por otra menor a las indicadas en el anverso antes de la fecha de finalización de la duración inicial del contrato, EL CLIENTE deberá indemnizar a WIMAD con una cantidad equivalente a la diferencia de precio entre la tarifa seleccionada en un principio y a la que se quiera acoger, multiplicado por el tiempo que reste hasta la finalización de la duración inicial del contrato.

 

SÉPTIMA – DOCUMENTOS CONTRACTUALES

Las presentes Condiciones Generales, las Particulares, el contenido íntegro del anverso de este contrato, así como cualquier otro Anexo que, firmado por las partes, se acompañe al presente contrato, constituyen a todos los efectos un único contrato obligatorio para las Partes en los términos aquí establecidos. En caso de contradicción entre el contenido de las presentes Condiciones Generales y Particulares y el anverso de este documento o cualquiera de sus anexos, prevalecerá lo establecido en estos dos últimos.

 

OCTAVA – CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR

8.1. Ninguna de las Partes será responsable de los daños y perjuicios sufridos por la otra Parte que sean consecuencia del incumplimiento por la primera de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, cuando dicho incumplimiento sea debido a caso fortuito o fuerza mayor. No obstante, EL CLIENTE no quedará liberado por este motivo de las obligaciones de pago derivadas del Contrato.

 

NOVENA – CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

9.1. EL CLIENTE no podrá, total o parcialmente, ceder, transmitir ni de otro modo disponer en favor de terceros de sus derechos y/u obligaciones derivados del presente Contrato, salvo que medie consentimiento previo y por escrito de WIMAD.

9.2. WIMAD podrá subcontratar la ejecución de cualquiera de sus obligaciones derivadas del Contrato así como ceder el Contrato a terceros o a cualquier sociedad filial, vinculada o del Grupo de WIMAD, a lo cual EL CLIENTE autoriza expresamente desde este momento.

 

DÉCIMA – LEY APLICABLE Y ARBITRAJE

10.1 El presente Contrato se regirá e interpretará exclusivamente conforme a la ley española. Las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten en caso de conflicto en la interpretación de este Contrato, al arbitraje de derecho de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Albacete y se comprometen expresamente a cumplir el laudo arbitral que se dicte. El resto de conflictos derivados de la aplicación del presente contrato serán sometidos ante los Juzgados Ordinarios competentes de Albacete Capital.

10.2 Si cualquier cláusula de este Contrato fuese declarada por un tribunal competente, total o parcialmente nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, y no perjudicará a la validez de las restantes, que conservará su fuerza vinculante, subsistiendo el Contrato en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta. Lo anterior no será de aplicación respecto de aquellas disposiciones cuya supresión determine una merma significativa en el equilibrio de las prestaciones recíprocas entre las partes. Las partes se comprometen a negociar de buena fe una nueva cláusula sustitutoria de la anulada, dentro de los términos ajustados a Derecho.

 

 

CONDICIONES PARTICULARES

1. CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL

1.1 WIMAD actúa como revendedor del servicio de telefonía fija y móvil, siendo Aire Networks del Mediterráneo S.L.U. con NIF B-53704599 y domicilio en C/Santiago Ramón y Cajal, 11, Elche Parque Empresarial, 03203 Elche (Alicante) (en adelante AIRE NETWORKS) el responsable de ofrecer el servicio de telefonía fija, a través de la red de WIMAD y, según el servicio móvil que elija el cliente, siendo AIRE NETWORKS en caso de tarifas Wimad+, Wewi Mobile S.L. con NIF B54865845 y domicilio en Calle Cortadores 1 (Pol. Ind. Bulilla) 03400, Villena (Alacant) en caso de tarifas Wimad o XFERA MÓVILES S.A.U. con NIF A82528548 y domicilio en Avenida de la Vega, 15, 28108 Alcobendas (Madrid) en caso de tarifas Wimad Combo.

1.2 WIMAD instalará en el domicilio de EL CLIENTE los equipos necesarios para que EL CLIENTE disponga de línea de telefonía fija y/o facilitará al cliente la tarjeta SIM necesaria para disponer de línea móvil, pero serán por cuenta de EL CLIENTE los equipos terminales para poder realizar y recibir llamadas. Los equipos instalados en el domicilio de EL CLIENTE se considerarán cedidos por WIMAD y deberán ser devueltos a este a la finalización del contrato.

1.3 Los servicios deberán ser utilizados por el cliente en cada momento de forma activa, consciente y no automática

1.4 El Cliente podrá consultar toda la información actualizada sobre las tarifas vigentes en www.wimad.es y podrá solicitar el cambio de tarifa a otra diferente ateniéndose a lo dispuesto en el punto 6.5 de las Condiciones Generales. EL CLIENTE nunca podrá solicitar más de un cambio de tarifa por ciclo de facturación

1.5 El cliente autoriza a WIMAD a notificar requerimientos de pago del SERVICIO/S contratados a través de SMS/MMS dirigidos a los números de móvil facilitados en el formulario web. En el supuesto de suspensión temporal del servicio telefónico por impago, éste será mantenido para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excepción de las de cobro revertido o EL CLIENTE se encuentre fuera del territorio de España. En caso de interrupción definitiva del SERVICIO/S según lo indicado en el punto 2.5 de las Condiciones Generales, EL CLIENTE perderá la numeración asociada al SERVICIO/S sin posibilidad de recuperación.

 

2. CONDICIONES PARTICULARES PARA PORTABILIDADES FIJAS O MÓVILES

2.1 Se entiende por portabilidad la acción de trasladar el número de teléfono fijo o móvil de un operador de telefonía (donante) a otro (receptor) mediante la baja del servicio en el operador donante y el alta en el receptor.

2.2 En caso de tener que realizar la portabilidad de una numeración fija o móvil, EL CLIENTE acepta causar baja en los servicios que actualmente tiene contratados con su operador donante correspondientes a los números de teléfono que nos ha detallado, y que desea conservar esta numeración por lo que igualmente acepta a que al producirse la baja, sus números de teléfono sean portados a cualquiera de las 3 entidades indicadas en el punto 1.1 de las presentes condiciones particulares, en base a la tarifa elegida por EL CLIENTE. Asímismo, EL CLIENTE acepta la posible interrupción o limitación en la prestación del servicio durante el tiempo mínimo indispensable para realizar los trabajos de cambio de operador, que será de un máximo de 4 horas. Mediante la aceptación de estas condiciones, con sujeción a lo previsto en la normativa vigente, autoriza la transferencia a los operadores involucrados en el proceso de conservación de la numeración, de los datos personales que sean necesarios para poder llevar a cabo ambos procesos.

2.3 WIMAD no será responsable en ningún caso de la imposibilidad de proporcionar la conservación de la numeración o de la pérdida irreversible de la numeración durante el proceso ni de las posibles penalizaciones que EL CLIENTE pudiera tener con el operador donante.

 
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